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PASOS EN UNA SUCESIÓN

La sucesión es un proceso legal esencial para distribuir los bienes de una persona después de su fallecimiento. Aunque este proceso puede resultar emocionalmente complejo, es fundamental comprender cada paso para asegurar que todo se maneje conforme a la ley. Desde verificar un testamento hasta la partición de los bienes, cada acción tiene un impacto directo sobre cómo se gestionan los bienes del fallecido.


Es importante tener en cuenta que esta guía es solo informativa, por lo que siempre es recomendable buscar la asesoría legal adecuada para garantizar que el proceso se realice correctamente. En la Fundación Corujo de Puerto Rico Inc., estamos aquí para orientarte y ofrecerte el apoyo necesario, ayudándote a tomar decisiones informadas durante todo el proceso.

Además, es vital que los herederos mantengan una comunicación abierta entre ellos para evitar posibles conflictos y asegurarse de que los bienes se distribuyan de acuerdo con los deseos del fallecido o, en su defecto, conforme a la ley.

Verificación del testamento o declaratoria de herederos

Inventario de bienes

Liquidación de deudas

Aceptación o renuncia de la herencia

Partición de la herencia

Gestión de cuentas bancarias

Distribución de los bienes

Si hay testamento: El primer paso es confirmar si el fallecido dejó un testamento legalmente válido. En caso afirmativo, debe ser presentado ante el tribunal para su validación.

Si no hay testamento: Si el fallecido no dejó testamento, los herederos deberán realizar una Declaratoria de Herederos ante el tribunal para identificar oficialmente a los beneficiarios.

Código Civil de Puerto Rico - Art. 927: El heredero puede actuar desde el momento de la muerte del causante.

La albacea, quien se encarga de ejecutar el testamento o administrar la sucesión, debe elaborar un inventario completo de los bienes y las deudas del fallecido para poder gestionar la partición de la herencia de manera justa y ordenada.

Código Civil de Puerto Rico - Art. 1042: El albacea debe inventariar los bienes del causante.

La albacea tiene la responsabilidad de asegurarse de que todas las deudas del fallecido sean saldadas antes de distribuir los bienes entre los herederos. Esto incluye deudas fiscales, personales, hipotecarias, entre otras.

Código Civil de Puerto Rico - Art. 1042: El albacea es responsable de pagar las deudas con los bienes del caudal hereditario.

Los herederos deben decidir si aceptan o renuncian a la herencia. Este es un paso crucial, ya que determina si el heredero se hace responsable de las deudas del fallecido.

Código Civil de Puerto Rico - Art. 930: Una vez aceptada la herencia, el heredero asume la responsabilidad de la misma.

Una vez que las deudas sean saldadas y los bienes inventariados, se procede a la partición de la herencia. Los bienes se distribuyen según lo indicado en el testamento, o conforme a la ley si no existe testamento.

Código Civil de Puerto Rico - Art. 905: Los coherederos pueden pedir la partición en cualquier momento.

Durante el proceso sucesional, es esencial abrir una cuenta bancaria hereditaria para gestionar los fondos de la sucesión mientras se resuelve la distribución final.

Código Civil de Puerto Rico - Art. 930: El heredero puede gestionar los bienes, incluyendo la apertura de cuentas, en nombre de la sucesión.

Finalmente, después de completar todos los pasos anteriores, los bienes se distribuyen entre los herederos de acuerdo con lo estipulado en el testamento o conforme a las disposiciones legales, en caso de que no haya testamento.

Código Civil de Puerto Rico - Art. 927: Los bienes deben ser distribuidos según lo dispuesto por el testamento o la ley.

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